CONICET cuenta con una planta de personal administrativo que se encuentra mayoritariamente dentro de la Sede Central del organismo y en los diversos Centros Científicos Tecnológicos como distintas Unidades de Administración. El personal administrativo de planta permanente, forma parte del Escalafón del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 2098/08.
Para el ingreso a CONICET rigen, además, los requisitos exigidos para el ingreso a la Administración Pública Nacional enunciados en la Ley de Empleo Público Nº 25.164.
También contamos con el régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende exclusivamente la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional, no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera (planta permanente). Estos contratos se llevan a cabo bajo la modalidad del Artículo 9° de la Ley de Empleo Público y su Decreto Reglamentario Nº 1421/02.
Dicho personal es equiparado en los niveles y grados de la planta permanente y perciben la remuneración de conformidad con la correspondiente al nivel y grado respectivo. La Ley de Presupuesto fija anualmente los porcentajes de las partidas correspondientes que podrán ser afectados por cada jurisdicción u organismo descentralizado para la aplicación del referido régimen.
Así también contamos con otra modalidad de contratación que es la que se lleva al amparo del Decreto Nº 2345 – Locación de servicios personales
El personal contratado por este Organismo en las modalidades Decreto Nro. 1421/02 y Decreto Nro. 2345/08 se encuentran aquí.
Este régimen se circunscribe a la contratación de consultores de nivel profesional para la provisión de servicios de naturaleza extraordinaria, especializada o específica materializables en términos prefijados.